ABOGADOS SUCESIONES: DIVISIÓN HECHA.
El padre y madre y los otros ascendientes, pueden hacer, por donación entre vivos o por testamento , la partición anticipada de sus propios bienes entre sus hijos y descendientes, y también, por actos especiales, de los bienes que los descendientes obtuviesen de otras sucesiones.
Los ascendientes que nombren tutores a sus descendientes menores, pueden autorizarlos para que hagan los inventarios, tasaciones y particiones de sus bienes extrajudicialmente, presentándolas después a los jueces para su aprobación.
La partición por donación sólo podrá hacerse por entrega absoluta de los bienes que se dividen, transmitiéndose irrevocablemente la propiedad de ellos. Esta partición necesitas ser aceptada por los herederos.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: DIVISIÓN HECHA.
El padre y madre y los otros ascendientes, pueden hacer, por donación entre vivos o por testamento , la partición anticipada de sus propios bienes entre sus hijos y descendientes, y también, por actos especiales, de los bienes que los descendientes obtuviesen de otras sucesiones.
Los ascendientes que nombren tutores a sus descendientes menores, pueden autorizarlos para que hagan los inventarios, tasaciones y particiones de sus bienes extrajudicialmente, presentándolas después a los jueces para su aprobación.
La partición por donación sólo podrá hacerse por entrega absoluta de los bienes que se dividen, transmitiéndose irrevocablemente la propiedad de ellos. Esta partición necesitas ser aceptada por los herederos.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIONES VACANTES.
Cuando, después de citados los edictos durante treinta días a los que se crean con derecho a la sucesión, o después de pasado el término para hacer inventario y deliberar, o cuando habiendo repudiado la herencia el heredero, ningún pretendiente se hubiese presentado, la sucesión se reputará vacante.
Todos los que tengan reclamos que hacer contra la sucesión, pueden solicitar se nombre un curador de la herencia. El juez puede también nombrarlo de oficio a solicitud del fiscal.
El curador debe hacer inventario de la herencia ante escribano público y dos testigos. Ejerce activa y pasivamente los derechos hereditarios, y sus facultades y deberes son los del heredero que ha aceptado la herencia con beneficio de inventario. Pero no puede recibir pago, ni precio de la cosa que se vendiesen. Cualquier dinero correspondiente a la herencia debe ponerse en depósito a la orden del juez de la sucesión.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIONES VACANTES.
Cuando, después de citados los edictos durante treinta días a los que se crean con derecho a la sucesión, o después de pasado el término para hacer inventario y deliberar, o cuando habiendo repudiado la herencia el heredero, ningún pretendiente se hubiese presentado, la sucesión se reputará vacante.
Todos los que tengan reclamos que hacer contra la sucesión, pueden solicitar se nombre un curador de la herencia. El juez puede también nombrarlo de oficio a solicitud del fiscal.
El curador debe hacer inventario de la herencia ante escribano público y dos testigos. Ejerce activa y pasivamente los derechos hereditarios, y sus facultades y deberes son los del heredero que ha aceptado la herencia con beneficio de inventario. Pero no puede recibir pago, ni precio de la cosa que se vendiesen. Cualquier dinero correspondiente a la herencia debe ponerse en depósito a la orden del juez de la sucesión.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIONES INTESTADAS.
Las sucesiones intestadas corresponden a los descendientes del difunto, a sus ascendientes, al cónyuge supérstite, y a los parientes colaterales dentro del cuatro grado inclusive, en el orden y según las reglas establecidas en el código civil. No habiendo sucesores los bienes corresponden al Estado nacional o provincial.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIONES INTESTADAS.
Las sucesiones intestadas corresponden a los descendientes del difunto, a sus ascendientes, al cónyuge supérstite, y a los parientes colaterales dentro del cuatro grado inclusive, en el orden y según las reglas establecidas en el código civil. No habiendo sucesores los bienes corresponden al Estado nacional o provincial.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: DERECHO DE REPRESENTACIÓN.
La representación es el derecho por el cual los hijos de un grado ulterior son colocados en el grado que ocupaba su padre o madre en la familia del difunto , a fin de suceder juntos en su lugar a la misma parte de la herencia a la cual el padre o la madre habrían sucedido.
El representante tiene su llamamiento a la sucesión, exclusivamente de la ley y no del representado.
Para la representación tenga lugar es preciso que el representante mismo sea hábil para suceder a aquel de cuyo sucesión se trata.
Se puede representar a aquel cuya sucesión se ha renunciado.
No se puede representar a aquel de cuya sucesión había sido excluido como indigno o que ha sido desheredado.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: DERECHO DE REPRESENTACIÓN.
La representación es el derecho por el cual los hijos de un grado ulterior son colocados en el grado que ocupaba su padre o madre en la familia del difunto , a fin de suceder juntos en su lugar a la misma parte de la herencia a la cual el padre o la madre habrían sucedido.
El representante tiene su llamamiento a la sucesión, exclusivamente de la ley y no del representado.
Para la representación tenga lugar es preciso que el representante mismo sea hábil para suceder a aquel de cuyo sucesión se trata.
Se puede representar a aquel cuya sucesión se ha renunciado.
No se puede representar a aquel de cuya sucesión había sido excluido como indigno o que ha sido desheredado.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: DERECHO DE REPRESENTACIÓN.
La representación es el derecho por el cual los hijos de un grado ulterior son colocados en el grado que ocupaba su padre o madre en la familia del difunto , a fin de suceder juntos en su lugar a la misma parte de la herencia a la cual el padre o la madre habrían sucedido.
El representante tiene su llamamiento a la sucesión, exclusivamente de la ley y no del representado.
Para la representación tenga lugar es preciso que el representante mismo sea hábil para suceder a aquel de cuyo sucesión se trata.
Se puede representar a aquel cuya sucesión se ha renunciado.
No se puede representar a aquel de cuya sucesión había sido excluido como indigno o que ha sido desheredado.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: DERECHO DE REPRESENTACIÓN.
La representación es el derecho por el cual los hijos de un grado ulterior son colocados en el grado que ocupaba su padre o madre en la familia del difunto , a fin de suceder juntos en su lugar a la misma parte de la herencia a la cual el padre o la madre habrían sucedido.
El representante tiene su llamamiento a la sucesión, exclusivamente de la ley y no del representado.
Para la representación tenga lugar es preciso que el representante mismo sea hábil para suceder a aquel de cuyo sucesión se trata.
Se puede representar a aquel cuya sucesión se ha renunciado.
No se puede representar a aquel de cuya sucesión había sido excluido como indigno o que ha sido desheredado.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESION DE LOS PARIENTES COLATERALES.
No habiendo descendientes ni ascendientes ni viudo o viuda, heredarán al difunto sus parientes colaterales más próximos hasta el cuarto grado inclusive, salvo el derecho de representación para concurrir los sobrinos con sus tíos. Los iguales en grado heredarán por partes iguales.
El medio hermano en concurrencia con hermanos del padre y madre, hereda la mitad de lo que corresponde a éstos.
Cuando el difunto no deja hermanos enteros ni hijos de éstos, y sólo medios hermanos, sucederán éstos de la misma manera que los hermanos de ambos lados, y sus hijos sucederán al hermano mayor.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESION DE LOS PARIENTES COLATERALES.
No habiendo descendientes ni ascendientes ni viudo o viuda, heredarán al difunto sus parientes colaterales más próximos hasta el cuarto grado inclusive, salvo el derecho de representación para concurrir los sobrinos con sus tíos. Los iguales en grado heredarán por partes iguales.
El medio hermano en concurrencia con hermanos del padre y madre, hereda la mitad de lo que corresponde a éstos.
Cuando el difunto no deja hermanos enteros ni hijos de éstos, y sólo medios hermanos, sucederán éstos de la misma manera que los hermanos de ambos lados, y sus hijos sucederán al hermano mayor.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIÓN DEL FISCO.
A falta de los que tengan derecho a heredar conforme a lo dispuesto anteriormente, los bienes del difunto, sean raíces o muebles, que se encuentren en el territorio de la República, ya sea extranjero o ciudadano argentino, corresponden al Fisco, provincial o nacional, según fueren las leyes que rigieren a este respecto.
Los derechos y las obligaciones del Estado en general o de los Estados particulares, en el caso del artículo anterior, serán los mismos que los de los herederos.
Para que el Estado pueda apoderarse de los bienes de una sucesión vacante, el juez debe entregarlos bajo inventario y tasación judicial.
El Fisco sólo responde por la suma que importan los bienes.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIÓN DEL FISCO.
A falta de los que tengan derecho a heredar conforme a lo dispuesto anteriormente, los bienes del difunto, sean raíces o muebles, que se encuentren en el territorio de la República, ya sea extranjero o ciudadano argentino, corresponden al Fisco, provincial o nacional, según fueren las leyes que rigieren a este respecto.
Los derechos y las obligaciones del Estado en general o de los Estados particulares, en el caso del artículo anterior, serán los mismos que los de los herederos.
Para que el Estado pueda apoderarse de los bienes de una sucesión vacante, el juez debe entregarlos bajo inventario y tasación judicial.
El Fisco sólo responde por la suma que importan los bienes.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIÓN DE LOS BIENES RESERVADOS.
Si a la muerte del padre o de la madre que contrajo segundo matrimonio, no existen hijos, ni descendientes legítimos del primer matrimonio, aunque existan herederos, estos no tienen ningún derecho a suceder en los bienes reservados.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIÓN DE LOS BIENES RESERVADOS.
Si a la muerte del padre o de la madre que contrajo segundo matrimonio, no existen hijos, ni descendientes legítimos del primer matrimonio, aunque existan herederos, estos no tienen ningún derecho a suceder en los bienes reservados.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: HEREDEROS FORZOSOS
La legítima de los herederos forzosos es un derecho de sucesión limitado a determinada porción de la herencia. La capacidad del testador par hacer sus disposiciones testamentarias respecto de su patrimonio, sólo se extiende hasta la concurrencia de la porción legítima que la ley asigna a sus herederos.
Tienen una porción legítima, todos los llamados a la sucesión intestada.
La porción legítima de los hijos es cuatro quintos de todos los bienes existentes a la muerte del testador y de los que éste hubiera donado.
La legítima de los ascendientes es de dos tercios de los bienes de la sucesión y los donados.
La legítima de los cónyuges, cuando no existen descendientes y ascendientes del difunto, será la mitad de los bienes de la sucesión del cónyuge muerto, aunque los bienes de la sucesión sean gananciales.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: HEREDEROS FORZOSOS
La legítima de los herederos forzosos es un derecho de sucesión limitado a determinada porción de la herencia. La capacidad del testador par hacer sus disposiciones testamentarias respecto de su patrimonio, sólo se extiende hasta la concurrencia de la porción legítima que la ley asigna a sus herederos.
Tienen una porción legítima, todos los llamados a la sucesión intestada.
La porción legítima de los hijos es cuatro quintos de todos los bienes existentes a la muerte del testador y de los que éste hubiera donado.
La legítima de los ascendientes es de dos tercios de los bienes de la sucesión y los donados.
La legítima de los cónyuges, cuando no existen descendientes y ascendientes del difunto, será la mitad de los bienes de la sucesión del cónyuge muerto, aunque los bienes de la sucesión sean gananciales.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIÓN TESTAMENTARIA.
Toda persona legalmente capaz de tener voluntad y de manifestarla, tiene la facultad de disponer de sus bienes por testamento, con arreglo a las disposiciones de este Código, sea bajo el título de institución de herederos, o bajo el título de legados, o bajo cualquiera otra denominación propia para expresar su voluntad.
El testamento es un acto escrito, celebrado con las solemnidades de la ley, por el cual una persona dispone del todo o parte de sus bienes par después de su muerte.
En las disposiciones testamentarias, toda condición o carga, legal o físicamente imposible, o contraria a las buenas costumbres, anula la disposición a que se halle impuesta.
EL ESTUDIO CUENTA CON LOS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON ABOGADOS ESPECILISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIÓN TESTAMENTARIA.
Toda persona legalmente capaz de tener voluntad y de manifestarla, tiene la facultad de disponer de sus bienes por testamento, con arreglo a las disposiciones de este Código, sea bajo el título de institución de herederos, o bajo el título de legados, o bajo cualquiera otra denominación propia para expresar su voluntad.
El testamento es un acto escrito, celebrado con las solemnidades de la ley, por el cual una persona dispone del todo o parte de sus bienes par después de su muerte.
En las disposiciones testamentarias, toda condición o carga, legal o físicamente imposible, o contraria a las buenas costumbres, anula la disposición a que se halle impuesta.
EL ESTUDIO CUENTA CON LOS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON ABOGADOS ESPECILISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: TESTAMENTO OLÓGRAFO.
El testamento ológrafo para ser válido en cuanto a sus formas, debe ser escrito todo entero, fechado y firmado por la mano misma del testador. La falta de alguna de estas formalidades lo anula en todo su contenido.
Si hay algo escrito por una mano extraña, y si la escritura hace parte del testamento mismo, el testamento será nulo, si lo escrito ha sido por orden o consentimiento del testador. El testamento ológrafo debe ser escrito precisamente con caracteres alfabéticos y puede escribirse en cualquier idioma.
Las indicaciones del día, mes y año en que se hace el testamento, no es indispensable que sean según el calendario: pueden ser reemplazadas por enunciaciones perfectamente equivalentes, que fijen de una manera precisa la fecha del testamento.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: TESTAMENTO OLÓGRAFO.
El testamento ológrafo para ser válido en cuanto a sus formas, debe ser escrito todo entero, fechado y firmado por la mano misma del testador. La falta de alguna de estas formalidades lo anula en todo su contenido.
Si hay algo escrito por una mano extraña, y si la escritura hace parte del testamento mismo, el testamento será nulo, si lo escrito ha sido por orden o consentimiento del testador. El testamento ológrafo debe ser escrito precisamente con caracteres alfabéticos y puede escribirse en cualquier idioma.
Las indicaciones del día, mes y año en que se hace el testamento, no es indispensable que sean según el calendario: pueden ser reemplazadas por enunciaciones perfectamente equivalentes, que fijen de una manera precisa la fecha del testamento.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: TESTAMENTO POR ACTO PÚBLICO.
El sordo, el mudo y el sordomudo, no pueden testar por acto público.
El ciego puede testar por acto público. El escribano pariente del testador en línea recta en cualquier grado que sea y en la línea colateral hasta tercer grado de consaguinidad o afinidad inclusive, no puede concurrir a la redacción del testamento. El testamento por acto público debe ser hecho ante escribano público y tres testigos residentes en el lugar.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ON LINE.
ABOGADOS SUCESIONES: TESTAMENTO POR ACTO PÚBLICO.
El sordo, el mudo y el sordomudo, no pueden testar por acto público.
El ciego puede testar por acto público. El escribano pariente del testador en línea recta en cualquier grado que sea y en la línea colateral hasta tercer grado de consaguinidad o afinidad inclusive, no puede concurrir a la redacción del testamento. El testamento por acto público debe ser hecho ante escribano público y tres testigos residentes en el lugar.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SUCESIONES, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ON LINE.
ABOGADOS ACCIDENTES DE TRANSITO: LAS RESPONSABILIDADES DEL CONDUCTOR.
1- Si bien la apertura de puertas de un automóvil configura una contingencia del tránsito que debe ser prevista por quienes circulan cerca de vehículos estacionados, no es un principio de carácter absoluto que genere la obligación de mantener una distancia lateral mínima para facilitar aquel accionar.
2- La apertura de la puerta de un rodado hacia el lugar por donde circula el tránsito sin cerciorarse previamente sobre la presencia de vehículos en la proximidad, configura una conducta con virtualidad para generar daños según el curso natural y ordinario de las cosas (art.901, CCiv.).
C.NAC.CIV., sala G, 23/3/2011- Ciani, Marianela v. Camera, Gabriela P. y otros.
ABOGADOS ACCIDENTES DE TRANSITO: LAS RESPONSABILIDADES DEL CONDUCTOR.
1- Si bien la apertura de puertas de un automóvil configura una contingencia del tránsito que debe ser prevista por quienes circulan cerca de vehículos estacionados, no es un principio de carácter absoluto que genere la obligación de mantener una distancia lateral mínima para facilitar aquel accionar.
2- La apertura de la puerta de un rodado hacia el lugar por donde circula el tránsito sin cerciorarse previamente sobre la presencia de vehículos en la proximidad, configura una conducta con virtualidad para generar daños según el curso natural y ordinario de las cosas (art.901, CCiv.).
C.NAC.CIV., sala G, 23/3/2011- Ciani, Marianela v. Camera, Gabriela P. y otros.
ABOGADOS ACCIDENTES DE TRANSITO: RESPONSABILIDAD DE LAS AMBULANCIAS EN UN ACCIDENTE DE TRANSITO.
1- El dueño y el guardián de la ambulancia deben indemnizar los daños sufridos por la paciente a consecuencia de la maniobra brusca realizada por el conductor cuando era trasladada.
2- La aseguradora de la ambulancia que brindó cobertura para su uso como servicio asistencial, debe indemnizar los daños causados a la paciente a consecuencia de una maniobra brusca del conductor cuando era trasladada, por cuanto la exclusión de la cobertura que plantea desvirtúa la finalidad del seguro contratado por el asegurado y la finalidad de protección a las víctimas de los accidentes.
C.NAC.CIV. Y COM.FED., sala 1º, 27/4/2010- Rivero, Rosa del C. v. Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal.
El Estudio Juridico cuenta con abogados especialistas en Accidentes de Transito. Consulte a nuestros abogados especialistas en Accidentes de Transito Online
ABOGADOS ACCIDENTES DE TRANSITO: RESPONSABILIDAD DE LAS AMBULANCIAS EN UN ACCIDENTE DE TRANSITO.
1- El dueño y el guardián de la ambulancia deben indemnizar los daños sufridos por la paciente a consecuencia de la maniobra brusca realizada por el conductor cuando era trasladada.
2- La aseguradora de la ambulancia que brindó cobertura para su uso como servicio asistencial, debe indemnizar los daños causados a la paciente a consecuencia de una maniobra brusca del conductor cuando era trasladada, por cuanto la exclusión de la cobertura que plantea desvirtúa la finalidad del seguro contratado por el asegurado y la finalidad de protección a las víctimas de los accidentes.
C.NAC.CIV. Y COM.FED., sala 1º, 27/4/2010- Rivero, Rosa del C. v. Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO ON LINE.