La colación es el derecho que tiene un heredero forzoso para exigir que otro heredero forzoso, que ha recibido una donación en vida del causante, traiga a la masa de bienes de la sucesión, el valor de dicha donación.
La donación que realiza el causante en vida a un heredero forzoso debe ser considerada como un anticipo de herencia.
La acción de colación tiene por finalidad restablecer la igualdad entre los herederos forzosos.
La acción de colación debe ser peticionada por el heredero forzoso, la misma no opera de pleno derecho.
Requisitos para que la acción de colación tenga lugar:
-que el heredero forzoso accione por colación
-que el heredero forzoso ante quien se efectúa la colación hubiera aceptado la herencia
-que el causante haya efectuado una donación al heredero forzoso demandado
-que el causante no lo haya dispensado de la obligación de colacionar (liberalidades- porción disponible)