ABOGADOS SUCESIONES: DEL DERECHO DE REPRESENTACION.
La representación es el derecho por el cual los hijos de un grado ulterior son colocados en el grado que ocupaba su padre o madre en la familia del difunto, a fin del sucesor junto en su lugar a la misma parte de la herencia a la cual el padre o la madre habrían sucedido.
El representante tiene su llamamiento a la sucesión, exclusivamente de la ley y no del representado.
Para que la representación tenga lugar es preciso que el representante mismo sea hábil para suceder a aquel de cuya sucesión se trata.
Se puede representar a aquel cuya sucesión se ha renunciado. No se puede representar a aquel de cuya sucesión había sido excluido como indigno o que ha sido desheredado.
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