ABOGADOS SUCESIONES: SUCESIÓN DE LOS ASCENDIENTES.
A falta de hijos y descendientes heredan los ascendientes sin perjuicio de los derechos declarados en este título al cónyuge sobreviviente.
Si existen el padre y la madre del difunto, lo heredarán por iguales partes. Existiendo solo uno de ellos, lo hereda en el todo.
A falta de padre y madre del difunto, lo heredarán los ascendientes mas próximos en grado, por iguales partes, aunque sean distintas líneas.
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