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DIVORCIO: EL ADULTERIO
Para que se configure el adulterio como causal de divorcio debe existir "la union sexual de uno de los conyuges con un tercero", este presupuesto debe estar debidamente acreditado.
Asi lo establecio recientemente la C. Nac. Civ sala M, El adulterio viola de esta manera el deber de fidelidad que le impone a los conyuges el art 198 del C.CIV
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