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Abogados Laborales: Licencias Especiales Pagas

Nuestro Estudio Jurídico cuenta con abogados laborales especialistas en Licencias especiales pagas.

LICENCIAS ESPECIALES PAGAS

Además de las vacaciones, el trabajador tiene derecho a gozar de las siguientes licencias pagas
 
NACIMIENTO DE HIJO: 2 días corridos.
FALLECIMIENTO DEL CÓNYUGE, HIJO O DE PADRES: 3 días corridos.
FALLECIMIENTO DE HERMANO: 1 día.
LICENCIA PARA RENDIR EXAMEN: 2 días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.
LICENCIA POR MATRIMONIO: 10 días corridos
LICENCIA PAGA POR DONACION DE SANGRE: El día de la donación

Estas licencias pueden ser mayores en algunas actividades, o bien agregarse, por lo cual se recomienda consultar el convenio colectivo o estatuto aplicable al trabajador.

Consulte con nuestros abogados especialistas en Licencias Especiales Pagas.