Nuestro Estudio Jurídico cuenta con abogados laborales especialistas en licencias especiales pagas.
LICENCIAS ESPECIALES PAGAS
Nuestro Estudio Jurídico cuenta con abogados laborales especialistas en accidentes o enfermedades inculpables.
Además de las vacaciones, el trabajador tiene derecho a gozar de las siguientes licencias pagas
NACIMIENTO DE HIJO: 2 días corridos.
FALLECIMIENTO DEL CÓNYUGE, HIJO O DE PADRES: 3 días corridos.
FALLECIMIENTO DE HERMANO: 1 día.
LICENCIA PARA RENDIR EXAMEN: 2 días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.
LICENCIA POR MATRIMONIO: 10 días corridos
LICENCIA PAGA POR DONACION DE SANGRE: El día de la donación
Estas licencias pueden ser mayores en algunas actividades, o bien agregarse, por lo cual se recomienda consultar el convenio colectivo o estatuto aplicable al trabajador.
Consulte con nuestros abogados especialistas en Licencias Especiales Pagas.