Sin embargo, fue esa misma jurisprudencia la que limito ese derecho afirmando que si la mujer era joven y estaba en condiciones de trabajar, aun cuando no lo hubiera hecho durante la union, la obligacion alimentaria no podia liberarla para siempre de mantenerse asi misma.
y tambien hizo una interpretacion limitativa dejando de lado la exigencia legal de mantener el anterior nivel de vida- que si mantuvo para la cuantia de los alimentos de los hijos menores- afirmando que si la mujer trabajaba y tiene sus ingresos, aunque estos sean inferiores a los del marido, no debe fijarsele cuota alimentaria alguna.
Es decir que ocurrido el divorcio o la separacion personal, el inocente consrvara el derecho que se debe al conyuge, pero eso no quiere decir que se fijara necesariamente una cuota, ya que dependera de las circunstancias del caso.
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