En cuanto a las limitaciones a la capacidad (personas con discapacidad), el Nuevo Código Civil y Comercial Unificado establece un cambio de paradigma mediante un ámbito de protección, de igualdad y no discriminación en concordancia con los postulados de la Ley de Salud Mental Nº 26.657. Recepta a su vez los principios rectores establecidos por la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, con el fin de garantizar el pleno goce y disfrute de los derechos de las personas con discapacidad. Se incorporan los denominados "sistemas de apoyo" al ejercicio de la capacidad, para la asistencia en la toma de decisiones , aportando herramientas para la promoción de su autonomía. Asimismo “ninguna persona con discapacidad podrá ser sometida a investigaciones en salud sin su consentimiento (con libertad e información ) salvo disposición legal en contrario.- Ante cualquier duda comuníquese con nuestro Estudio para un adecuado asesoramiento.-