ABOGADOS ACCIDENTES DE TRANSITO: ACCIDENTES FERROVIARIOS.
1º-La circunstancia de que la barrera preventiva del paso a nivel, cuyo mantenimiento está a cargo de la concesionaria del servicio ferroviario, se hallaba rota-hecho reconocido por el ayudante del conductor que se encontraba en ese momento en el convoy-, permite tener por acreditada la configuración de una fractura parcial del nexo causal, y hace concluir una responsabilidad a cargo del conductor.
2º-Si la empresa concesionaria del servicio ferroviario quebró su deber de seguridad al no mantener en correcto funcionamiento la barrera del paso a nivel y el conductor adoptó las medidas de precaución necesarias para transponerlo, corresponde atribuirle responsabilidad a ambas partes, la que se determina en un 50% a cargo de cada una de ellas.
Cc.nac.civ., sala C, 23/3/2011- Ferrocarriles Metropolitanos S.A. v. Agil, Jorge A.
EL ESTUDIO CUENTA CON ABOGADOS ESPECIALISTAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO, CONTACTESE CON NUESTROS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO ON LINE.