ABOGADOS ACCIDENTES DE TRANSITO: COLISIÓN ENTRE AUTOMOTORES.
Las presunciones de responsabilidad que establece la norma del art. 1113 del Código Civil se mantienen en los casos de colisión entre automotores en movimiento, imponiendo a cada uno de los factores de riesgo, la obligación de indemnizar los daños producidos al otro, salvo prueba de la existencia de eximentes. Cám.Apel.Civ.Com., Sala IIa., Posadas, 8 de Febrero del 2000, "Expte N° 180/ 99 - T.C.A. c/ E.S. S.A.T. s/ DAÑOS y PERJUICIOS", Lo.Fallos N° 27, Res. N°2, Fojas 5/18.
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